Por Erika Gómez Mendoza

El ingreso de mujeres profesionistas en la judicatura mexicana fue un proceso que tuvo lugar a lo largo del siglo XX mexicano. Usualmente, ellas desempeñaron las funciones de taquígrafas, auxiliares, oficiales judiciales y actuarias en los Juzgados de Distrito y en los Tribunales de Circuito distribuidos por todo el país, así como en la Suprema Corte de Justicia. La contratación de mujeres para tales cargos creció significativamente durante la segunda mitad del siglo XX, e incluso llegó a superar a la población masculina que laboraba en las mismas posiciones en los años de 1975 y 1985 con un total de 1,803 y 3,521 empleadas judiciales, respectivamente.

Pese a la notoria y creciente presencia femenina en los órganos jurisdiccionales, el Poder Judicial de la Federación estuvo lejos de convertirse en una institución que procurase el desarrollo profesional de las mujeres en igualdad de condiciones que los hombres. Dentro de la estructura organizacional, los cargos anteriormente mencionados se encontraban en los niveles inferiores y fueron catalogados como personal de apoyo. En la práctica, fueron cargos poco remunerados y que contaban con reducidas posibilidades de ascenso a posiciones de alta responsabilidad. En contraste, la fuerza laboral masculina predominó en los mandos medios y superiores de la jerarquía institucional.

Bajo estas condiciones, parece pertinente cuestionarse ¿en qué momento las mujeres ocuparon por primera vez una posición de alta jerarquía en el Poder Judicial Federal? ¿cómo fue la recepción de las primeras funcionarias judiciales? ¿cuáles fueron los retos que ellas enfrentaron en una institución predominantemente masculina? Este artículo reúne las voces de algunas de las primeras profesionistas que ocuparon una posición de alto rango en la judicatura mexicana con el fin de dar cuenta de las percepciones masculinas respecto a este suceso y el entorno laboral en el que ellas se desenvolvieron.

La llegada de la primera ministra… un largo camino por delante 

El nombramiento de la ministra María Cristina Salmorán de Tamayo adscrita a la Cuarta Sala especializada en derecho laboral de la Suprema Corte de Justicia en 1961, marcó el inicio de un lento proceso de integración de abogadas en cargos de confianza y de alta responsabilidad en los niveles más altos de la jerarquía del Poder Judicial de la Federación.

Su ingreso al máximo tribunal de justicia supuso un desafío para la cultura institucional forjada a través de años de prácticas y normas de conducta compartidas por un sector profesional que, desde su constitución, había sido propiamente masculino. Esta cultura no sólo se percibe en las actitudes y en los usos y costumbres de sus miembros, sino también en la configuración de los espacios institucionales.

Por ejemplo, la ministra en retiro Margarita Luna Ramos (2004-2019) señalaba con cierta admiración que en la antesala del Pleno de la Suprema Corte no se contempló la apertura de un sanitario para mujeres, sino tiempo después de la llegada de la ministra Salmorán de Tamayo. La demora en el acondicionamiento de los espacios destinados a satisfacer las necesidades básicas de la población femenina en ascenso es apenas un indicio de los retos que las primeras juzgadoras y funcionarias judiciales enfrentaron en un órgano como la Suprema Corte de Justicia.

El ambiente de incomprensión que hubo ante la llegada de la primera ministra al máximo tribunal de justicia se apreciaba incluso en comentarios mordaces (de procedencia hasta el momento poco precisa) que indicaban que el tribunal se había convertido en la Suprema de corte y confección. La connotación de género implícita en este juego de palabras (que refiere a un oficio practicado de manera exclusiva por mujeres y que pudiese aludir a una supuesta degradación del tribunal) denota la intolerancia y la terquedad que prevaleció hacia el reconocimiento de que una mujer ocupase un sitial de tal trascendencia.

La pertinencia de elegir a una mujer como juzgadora

En opinión de la ministra en retiro Victoria Adato Green (1985-1994), uno de los desafíos que las mujeres enfrentaron al asumir un cargo público de alta responsabilidad fue vencer los patrones religiosos y culturales forjados sobre el papel que ellas desempeñaban en la sociedad mexicana. Con base en su experiencia como agente del Ministerio Público, Procuradora General de Justicia del Distrito Federal y, finalmente, como ministra de la Suprema Corte, ella considera que no hubo un “rechazo abierto” hacia las profesionistas en el entorno laboral, sino más bien existió “una costumbre de no ver a las mujeres ahí, de no tener las consideraciones profesionales de pensar que pueden tener aportes profesionales sino tan importantes, sí significativos […]”.

Ciertamente, la percepción y la actitud masculina hacia el ejercicio profesional femenino fue uno de los aspectos que influyó de manera decisiva al momento de considerar la pertinencia de que una mujer titulada de la carrera de Derecho ocupase un cargo judicial. La temporalidad es importante pues en el periodo previo a la reforma judicial de 1994 (la cual creó formalmente una carrera judicial que gobernó el proceso de selección, designación, permanencia, movilidad y ascenso de los funcionarios judiciales) la responsabilidad de nombramiento de los titulares de los órganos jurisdiccionales fue otorgada al Pleno de la Suprema Corte de Justicia. En el caso de los ministros, la reforma constitucional al artículo 94 promovida por el general Álvaro Obregón, en 1928, confirió al representante del Ejecutivo la facultad de designación con previa ratificación del Senado de la República. Esta disposición se mantuvo vigente hasta la reforma judicial de 2024 que introdujo la modalidad de elección por voto popular. En ambos casos, las figuras encargadas de realizar la designación fueron quienes valoraron el perfil profesional de los posibles candidatos y decidieron, en última instancia, si estaban dispuestos (o no) a apoyar la promoción de un candidato del sexo femenino.

A decir verdad, fueron muy pocas las profesionistas que fueron colocadas en posiciones de liderazgo en la administración pública durante la primera mitad del siglo XX. Tratándose del ámbito de la justicia administrativa pueden señalarse los casos de la magistrada Dolores Heduán Virués del Tribunal Fiscal de la Federación (1947) y el de la presidenta María Cristina Salmorán de Tamayo de la Junta Federal de Conciliación y Arbitraje (1953-1961). En los tribunales del fuero común se encontraba la magistrada María Lavalle Urbina del Tribunal Superior de Justicia del Distrito y Territorios Federales (1947); mientras que en el Poder Judicial a nivel local destacó la figura de la magistrada Dolores Arriaga, quien asumió el cargo de jueza de primera instancia y magistrada del Supremo Tribunal de Justicia del estado de San Luis Potosí (1922-1976). Finalmente, en el Poder Judicial Federal ninguna mujer había desempeñado las funciones de jueza de Distrito o magistrada de Circuito.

Los mecanismos de designación previstos en la Constitución de 1917 y en las leyes orgánicas del Poder Judicial de la Federación para jueces, magistrados y ministros no plantearon obstáculos que formalmente impidiesen la inclusión de las abogadas. No obstante, la manera como se condujeron los procesos de designación engendró algunas formas de discriminación encubiertas (haya sido consciente o inconscientemente) detrás de políticas que en apariencia no favorecían al sexo masculino pero que, en la práctica, pusieron en desventaja a las mujeres debido al arraigo de estereotipos que sugerían que las profesionistas, en este caso las abogadas tituladas, no eran capaces de desempeñar cargos relacionados con la función jurisdiccional por su condición femenina.

La materia penal y la condición femenina

Una de las formas en la que se materializó la desigualdad fue a través del cierre de espacios considerados inapropiados para el sexo femenino. Tal fue el caso de la materia penal. La magistrada Bertha Alfonsina Navarro Hidalgo recordaba que la Primera Sala especializada en derecho penal del máximo tribunal de justicia fue el espacio que se opuso con mayor firmeza a la designación de abogadas para el cargo de secretarias de estudio y cuenta. Esta fue una posición de confianza y de estrecha colaboración con los ministros, cuya labor se centraba en el estudio de los expedientes y en la elaboración de proyectos de sentencia. La selección del personal quedó a cargo de los ministros y este cargo tuvo un lugar de primer orden en la ruta de ascenso de los futuros jueces y magistrados.

Ciertamente, aun cuando el Tribunal Pleno de la Suprema Corte mostró apertura a la integración de Livier Ayala Manzo como secretaria de estudio y cuenta en 1965, la Primera Sala tardó once años más en permitir que Elvia Rosa Díaz de León asumiera tal posición en el ámbito del derecho penal (1976-1984). De acuerdo con la vivencia de la magistrada Navarro Hidalgo, los integrantes de esa Sala mantuvieron una actitud “muy conservadora” y se mostraron reacios a aceptar cambios, inclusive si se trataba de los cortes de cabello de los varones que laboraban con ellos.

En opinión de la propia magistrada Díaz de León (1984-2000), el cambio en el paradigma de la Primera Sala respecto a la inclusión femenina se debió en buena medida a la renovación de sus integrantes. Según relata “yo estuve muchos años sola, fui la primera mujer que llegué a la Primera Sala porque, a los ministros de la sala anterior [designados previamente], no les gustaba trabajar con mujeres y decían que mientras ellos estuvieran en la Corte no iba a haber mujeres […] y no las hubo […]”. Fue hasta que llegaron los nuevos ministros cuando se rompió con esa práctica de designación impuesta por los antiguos integrantes de la Sala.

Percepciones sobre el desempeño profesional femenino

Los estudios de género han señalado que los prejuicios que normalmente desacreditaban la labor profesional femenina estuvieron fundados en nociones que apelaban a la existencia de una serie de rasgos biológicos y psicológicos inherentes en la naturaleza femenina que influían de manera significativa en su comportamiento y que, en el ámbito de la administración de justicia, las llevaría a percibir y valorar un caso de manera opuesta, o al menos diferente, al razonamiento “lógico” de los hombres.

Al respecto, el ministro Ramón Palacios Vargas (1970-1984) reconoció que para la década de 1970 seguía siendo “muy difícil para la mujer escalar a los cargos que desempeñamos los hombres, porque todavía no se alcanza la supuesta igualdad de la Constitución […]”. A manera de ejemplo, recordó con desagrado que un ministro presidente, cuyo nombre prefiere omitir, amenazó con renunciar al cargo si el presidente de la república tomaba la resolución de designar a “cierta abogada distinguida” como ministra de la Corte. Detalló que las razones por las cuales ese personaje consideró que “las mujeres no estaban capacitadas” para desempeñar la labor del juzgador fueron porque “eran demasiado emotivas, que se guiaban más por el sentimiento que por la razón y por la justicia […]”. 

La ministra en retiro Luna Ramos ha coincidido en que los estereotipos de género condujeron a que las mujeres ocupasen una posición de desventaja frente a sus pares masculinos, pues existió la creencia de que las mujeres eran de constitución débil y eran propensas a dejarse llevar “más por el corazón que por la ley”. De ahí que se corriera el riesgo de que en el ejercicio de sus funciones incurrieran en un “sentimentalismo” que iba más allá de la impartición de justicia.

En la opinión pública también se cuestionó si hombres y mujeres juzgaban en modos diferentes. En una entrevista para el diario El Sol de México publicada en 1974, se inquirió si el sexo femenino era “más dado a ser indulgente o compasivo en las penas que corresponde aplicar a quienes saltan los márgenes de la ley”. La ministra Gloria León Orantes (1976-1984), quien entonces desempeñaba sus funciones como magistrada en el Tribunal Superior de Justicia del Distrito y Territorios Federales (1954-1976), respondió tajantemente que “la ley no era patrimonio de ningún sexo”. Aclaró que “frente a la ley una mujer actúa con la misma competencia, conocimiento y capacidad que el varón. Administrar justicia requiere honda responsabilidad, profundidad de estudios, imparcialidad e independencia, y hasta hoy las damas que trabajan en los tribunales de toda la república, han dado ejemplo de tales cualidades y calidades”. Finalmente, la magistrada León Orantes aseguró que la compasión “no gravita en el corazón de las mujeres magistradas”.

Consideraciones finales

Estas son apenas unas cuantas impresiones que dan cuenta del clima que se vivió en el Poder Judicial de la Federación con el arribo de las primeras mujeres a los altos mandos y que sirven como punto de partida para el estudio de las juzgadoras en la judicatura mexicana desde una perspectiva histórica. Tal parece que la percepción masculina que desacreditó el desempeño profesional femenino fue un problema presente en los diferentes peldaños de la jerarquía judicial y cuyos efectos tan sólo son perceptibles a través de los testimonios de sus funcionarios.

En el ámbito cotidiano, esta percepción llevó a que ellas fuesen sometidas a un escrutinio sobre sus capacidades y habilidades en el desempeño de sus funciones judiciales. Las primeras ministras, magistradas, juezas y secretarias de estudio tuvieron la doble responsabilidad de demostrar que eran capaces de desempeñar su labor y de abrir camino para quienes les seguían. Dentro de una institución constituida históricamente por el sexo masculino, las mujeres (a diferencia de los hombres) tuvieron que ganarse el reconocimiento de sus pares a base de esfuerzo y dedicación. En la práctica, ese fue un modo de romper con los estereotipos de género que las mantenía en una posición de desventaja. 

La ministra en retiro Adato Green recuerda gratamente que cuando ella llegó a la Suprema Corte, en 1985, ya encontró un “ambiente de aceptación”, donde hubo un trato cordial con sus compañeros gracias a las abogadas que la antecedieron. A decir verdad, la “normalización” de la presencia femenina en la judicatura mexicana fue un proceso que no sucedió de manera inmediata pero que fue dándose en bases regulares a lo largo de las últimas dos décadas del siglo XX, aunque quizá esto no supuso el fin de las prácticas diferenciadas por sexo dentro de la institución.

Para saber más

Bolivar Galindo, Cielito, “Camino que recorrió María Cristina Salmorán de Tamayo para ser ministra de la Suprema Corte de Justicia de la Nación”, Quid Iuris, volumen 43, enero-marzo de 2019, p. 72-89. Disponible en: https://techihuahua.org.mx/portfolio/quid-iuris-43/

Gómez Mendoza, Erika, “El ascenso de la abogada María Cristina Salmorán de Tamayo a la Suprema Corte de Justicia de la Nación, 1934-1961”, Iuris Tantum, volumen 39, número 42, julio-diciembre, 2025, p. 37-64. Disponible en:  https://doi.org/10.36105/iut.2025n42.02.

“La primera mujer: María Cristina Salmorán de Tamayo”, Canal del Congreso de México, 28 de octubre de 2024. Audiovisual disponible en: https://www.youtube.com/watch?v=y_-6U661BiE

Nota de los editores

Este artículo toma sustento de la disertación doctoral que la autora se encuentra desarrollando en el Centro de Estudios Históricos del Colegio de México. 

Imagen de portada: Conmemoración del sesquicentenario de la Suprema Corte de Justicia de la Nación, 1975. En la imagen se observa a María Cristina Salmorán de Tamayo, primera ministra de la Corte. Colección: Archivo Gráfico de El Nacional, INEHRM. Fotografía tomada de: https://repositorio-inehrm.cultura.gob.mx/fototeca/suprema-corte-de-justicia/.

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